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EXHORTA SAT A PRESENTAR DECLARACIÓN

Staff.

Noticom.Mx.-El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.

Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son:

• Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.

• Gastos hospitalarios.

• Medicinas incluidas en facturas de hospitales.

• Honorarios a enfermeras.

• Análisis o estudios clínicos.

• Prótesis.

• Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.

• Lentes ópticos graduados.

• Primas por seguros de gastos médicos.

Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes el Visor de deducciones personales en la siguiente liga:https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales

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